El lunes 17 de febrero de 2025 se publicó en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION (DOF) el PROGRAMA Nacional de Infraestructura de la Calidad 2025 el cual es un instrumento donde se propone la planeación, conducción, coordinación e información de las actividades de normalización, estandarización y metrología a nivel nacional. En este programa se enlistan las Normas que serán sometidas a revisión, modificación, elaboración y expedición dado que las Autoridades Normalizadoras deben contribuir a la integración y ejecución del Programa con las propuestas de Normas Oficiales Mexicanas que estimen convenientes para atender los objetivos legítimos de interés público.
La Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados – Información comercial y sanitaria, se incluye en este programa anual 2025 para ser modificada en el numeral 4.5.3 en concordancia con la siguiente:
JUSTIFICACIÓN
Derivado de la implementación de la Primera y Segunda Fase previstas en el transitorio segundo de la Modificación a la Norma Oficial Mexicana, así como del análisis económico y sanitario realizados por la Secretaría de Economía y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se observó que con la Segunda Fase, la norma ha cumplido su propósito, determinando así que la Tercera Fase de dicho transitorio generaría un mayor impacto a los sujetos regulados que los beneficios ya obtenidos con la implementación actual.
Por lo anterior, ambas Autoridades Normalizadoras para esta NOM (Secretaría de Economía y Secretaria de Salud) determinaron necesaria la modificación única y exclusivamente del numeral 4.5.3 (Información nutrimental complementaria) de este instrumento normativo con la finalidad de actualizar los criterios para la evaluación y cálculo de los nutrimientos críticos añadidos a los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados regulados en el alcance de la norma en cuestión.
Esta publicación del DOF nos indica que debemos estar a la espera de conocer la actualización de estos nuevos criterios para evaluación y cálculo de nutrimentos críticos que se deberán aplicar en la TERCERA FASE que entraría en vigor a partir del 1 de octubre de 2025, previo a conocer cualquier resolución anticipada a esta modificación a la fase tres de la NOM.
IA Katia A. Delgado Suárez